Abierto el plazo para solicitar en Hacienda la ayuda fiscal a las familias de 1.200€

Abierto el plazo para solicitar en Hacienda la ayuda fiscal a las familias de 1.200€

Los contribuyentes que tengan derecho a las nuevas ayudas fiscales de 1.200 euros puede solicitar el importe desde el martes 3 de febrero de 2015 en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

Estas nuevas deducciones, llamados impuestos negativos, están dirigidas a familias numerosas y contribuyentes que tengan a cargo descendientes o ascendientes con discapacidad. Además, se mantiene la ayuda fiscal para las mujeres trabajadoras que tengan un hijo. Estas ayudas son acumulables. Es decir, si un contribuyente tiene familia numerosa y, además, tiene a un hijo o ascendiente con discapacidad, tendrá derecho a 2.400 euros.

Incluso si se opta por reclamar la ayuda de forma presencial, resulta necesario que los interesados cumplimenten e impriman desde la página web de la Agencia Tributaria el modelo 143. Para ello, es necesario contar con el DNI electrónico o registrarse en el sistema PIN24H o el sistema Clave. También es posible realizar la gestión a través del teléfono 901 200 345 y, en este caso, se exigirá que se indique el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.

Requisitos para solicitar y acceder a esta ayuda: 

1) Estar en posesión del título de familia numerosa o de la certificación oficial del grado de discapacidad del descendiente o ascendiente. Es conveniente que compruebe que dispone del título de familia numerosa y del certificado de discapacidad. Su Comunidad Autónoma (o en su caso las Direcciones Territoriales del IMSERSO en Ceuta y en Melilla) enviarán esta información directamente a la Agencia Tributaria para que esta pueda realizar el abono anticipado.

2) Todos los solicitantes, así como los descendientes y ascendientes con discapacidad deben disponer de número de identificación fiscal (NIF) sin el que no se podrá presentar la solicitud.

3) Los solicitantes deben realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad y cotizar durante los plazos mínimos que se indican al final de esta carta. En la solicitud colectiva es suficiente que cumpla esta condición quien figure como primer solicitante.

Ante cualquier duda, recuerde que puede consultar con los profesionales de la Asesoría Nemesio.