IMPORTANTE: Ya puede solicitar la devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad

IRPF maternidad: La Agencia Tributaria habilitará un formulario para devolver el IRPF

IMPORTANTE: Ya puede solicitar la devolución del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad

RECÁLCULO DE IRPF POR LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE LAS PRESTACIONES DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD

 

Por fin, ya está disponible en la página web de la Agencia Tributaria el formulario para solicitar la devolución del IRPF de los permisos de maternidad y paternidad de los últimos cuatro años. De momento, solo está habilitado para aquellas madres y padres que hayan tenido a sus hijos en 2014 y 2015 y será a partir del 1 enero cuando se pueda solicitar las revisiones de las Declaraciones de IRPF de los padres cuyos hijos nacieron en 2016 y 2017.

A pesar de que la Sentencia del Tribunal Supremo y las primeras filtraciones hacían pensar que solo afectaría a la prestación de maternidad, de la lectura de la página web de la AEAT se desprende que también afecta a la prestación de paternidad (como parecía lógico), así que tanto padres como madres con hijos nacidos entre 2014 y 2017 deberán presentar la solicitud de revisión y rectificación de sus declaraciones de IRPF por este sistema sencillo. La regularización del IRPF en el ejercicio 2018 se hará al presentar la declaración de renta en abril, mayo y junio de 2019.

Las opciones son dos:

  • Imprimir la solicitud modelo y presentarla en papel en la AEAT por registro de entrada. Descarga el formulario desde aquí.
  • Más sencillo, firmar la solicitud telemática en este enlace, pero se debe hacer con la firma digital del interesado, desde aquí.

Bien el formulario, bien la solicitud telemática solo pide el DNI del solicitante, el año de nacimiento del hijo/a y el número de cuenta donde desea recibir la transferencia en caso de que la rectificación de la Declaración resulte un saldo positivo.

En este momento inicial la AEAT no permite a los profesionales, abogados o graduados sociales, realizar la gestión por representación vía telemática de manera que, o bien el interesado con firma digital hace el trámite telemáticamente (sería lo más rápido) o si lo hace en papel porque carece de firma digital, debe remitir solicitud firmada a nuestros profesionales para encargar y concretar el trámite de dicha gestión.

Ante cualquier duda, como siempre, puede consultar con nuestros profesionales en el  96 155 17 82 o pasando por nuestras oficinas: Avenida Al Vedat 11, pta 1ª, Torrent- Valencia.

 

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