Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social

Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social

asesoria nemesio. LEY DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMODesde la Asesoría Nemesio te informamos que el pasado mes de mayo, el Gobierno aprobó los proyectos de la Ley para fomentar el trabajo autónomo y la economía social e impulsar el emprendimiento.

Los TRES PRINCIPALES OBJETIVOS de esta normativa son:

  1. Facilitar la actividad emprendedora.
  2. Respaldar a los que ya han emprendido.
  3. Mejorar las condiciones de los emprendedores.

Esta Ley recoge DIEZ IMPORTANTES MEDIDAS que afectan directamente a la actividad profesional de los empleados por cuenta propia:

  1. Fijación de la cuota de la Tarifa Plana para los nuevos autónomos en 50€/mes, durante los 6 primeros meses y para aquellos que opten por la cotización mínima.
  2. Se mantienen los incentivos para los autónomos que inicien una actividad empresarial y contraten empleados (como ya informamos en nuestra noticia del 16 Oct. 2014)
  3. Los supuestos de la Tarifa Plana Especialmente Protegida se extienden a víctimas del terrorismo y de la violencia de género, así como a las personas con discapacidad, independientemente de la edad.
  4. La posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo mediante un pago único se extiende a todas las edades.
  5. Se ofrece la posibilidad de realizar una aportación al capital social de cualquier tipo de sociedad mercantil de nueva creación, y utilizar parte de la capitalización de la prestación para cubrir gastos de constitución.
  6. Se ofrece la opción de compatibilizar la prestación por desempleo con el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  7. La reanudación de la prestación por desempleo se amplía hasta los 60 meses para los profesionales autónomos.
  8. El incentivo previsto para el alta en la afiliación de familiares colaboradores de autónomos se amplías hasta los 24 meses.
  9. Los trabajadores autónomos económicamente independientes (TRADES: es aquel trabajador autónomo que realiza su actividad económica o profesional para una empresa o cliente del que percibe al menos el 75 por ciento de sus ingresos) podrán contratar en casos de conciliación de la vida familiar y laboral.
  10. En el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo se recogen todos los incentivos previstos para fomentar el autoempleo, como por ejemplo, la recientemente aprobada bonificación por conciliación de la vida profesional y familiar.

Desde la Asesoría Nemesio te aconsejamos que ante cualquier duda, consulte con nuestros profesionales: 96 155 17 82 / informacion@nemesioycia.net