¿Qué son los Seguros de Convenios Colectivo? ¿Son obligatorios?

¿Qué son los Seguros de Convenios Colectivo? ¿Son obligatorios?

Desde la Asesoría Nemesio queremos informarle sobre los Seguros de Convenios Colectivo. Estos seguros cubren contingencias que pueda padecer un trabajador, como por ejemplo una eventual incapacidad permanente o fallecimiento, con independencia de que la causa de las mismas sea la relación laboral. El tomador es la empresa y el asegurado sería cada uno de los empleados.

¿Son obligatorios?

La contratación de este seguro colectivo puede ser obligatoria por imperativo del Convenio colectivo de aplicación, que como sabe, se establece según la actividad de cada empresa.


Es en la negociación colectiva donde, además de fijar si es obligatorio o no, se establecen los capitales (“prima”) que recibirá el asalariado en caso de producirse la contigencia (fallecimiento, invalidez, enfermedad profesional, etc.)

¡IMPORTANTE!

Es vital tener claro que este seguro nada tiene que ver con la adscripción de la empresa a una Mutua. La Mutua se ocupa de proporcionar asistencia sanitaria en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional. El seguro obligatorio según que casos, asegura la indemnización a la que tendrá derecho el trabajador en caso de producirse la contingencia.

Es importante que si no tiene concertado este seguro, consulte su obligatoriedad con su Agente de Seguros, como especialista en la materia. La Asesoría solamente puede confirmarle si el convenio fija el seguro como obligatorio o no.

Desde la Asesoría Nemesio le aconsejamos que ante cualquier duda, se ponga en contacto con nuestros profesionales: informacion@nemesioycia.net / 96 155 17 82.