Revalorización del 0,9% de las pensiones

Subida de las pensiones - nemesio abogados y asesores

Revalorización del 0,9% de las pensiones

Desde Nemesio, Abogados y Asesores le informamos que ayer, 15 de enero 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social. Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, así como de Clases Pasivas del Estado, se incrementarán un 0,9 %.

La subida afecta a algo más de 11 millones de pensiones y a casi 10 millones de pensionistas, que se beneficiarán con efectos retroactivos desde el 1 de enero gracias a una bonificación en la nómina que reciban en febrero.

Aplicando ese aumento del 0,9%, las pensiones mínimas quedarían de la siguiente forma:

  • Pensión de jubilación de quienes tienen 65 años o más. Para quienes tienen que hacerse cargo de su cónyuge la pensión mensual, que percibirán 14 veces al año contando las dos extraordinarias, ascenderá a 843,4 euros. Si el jubilado vive solo, la prestación será de 683,5 euros, y si vive con su pareja pero no se hace cargo de ella bajará hasta los 648,7 euros al mes.
  • Pensión de jubilación de quienes tienen menos de 65 años. Para quienes tienen que hacerse cargo de su cónyuge la pensión mensual, medida en 14 pagas al año, llegará a 790,7 euros. Si el jubilado vive solo, la prestación será de 639,5 euros, y si vive con su pareja caerá hasta los 604,4 euros. Cuando se multiplican por 14 estas tres cantidades, las cantidades anuales resultantes son 11.069,8 euros, 8.953,00 euros y 8.461,60 euros, respectivamente.
  • Pensión de jubilación de quienes tienen 65 años o más y proceden de una gran invalidez. Lo que se hacen cargo de su pareja percibirán 1.265,1 euros y los que viven solos 1.025,3. Si viven con su cónyuge la mensualidad será de 973,07 euros.
  • Pensión mínima de gran invalidez. De nuevo hay que fijarse en si el pensionista tiene a su cargo al cónyuge (cobrará 1.265,1 euros mensuales), vive solo (1.025,3 euros) o convive con su pareja (973,07) sin acarrear con su mantenimiento.
  • Pensión mínima por invalidez absoluta o total. En este caso, las cantidades serán algo más bajas que en la gran invalidez. Si el beneficiario se hace cargo de su cónyuge, cobrará 843,4 euros al mes; 683,5 si vive solo y 648,7 si vive en pareja pero no se hace cargo de ella.
  • Pensión mínima por invalidez total entre 60 y 64 años. Las prestaciones de este colectivo quedarán en 790,7 euros mensuales si se hacen cargo de su cónyuge; en 639,5 si viven solos o en 604,4 si conviven con su pareja pero no la mantienen.
  • Pensión mínima causada por enfermedad común con menos de 60 años. Estas son las pensiones más bajas de las que se cobran por una incapacidad permanente. En este caso, las mensualidades de quienes tienen un cónyuge a su cargo y viven solos coinciden y será de 503,9 euros; en cambio, quienes vivan en pareja y no tengan que hacerse cargo de ella percibirán 499,5 euros.
  • Pensiones mínimas de viudedad. Aunque ya no hay tanta variedad de situaciones como en las prestaciones de jubilación y de incapacidad, también hay diversidad según sea la situación personal de la viuda. Si tiene cargas familiares, cobrará 790,65 euros al mes 14 veces al año. Si tiene 65 años o más, percibirá 683,5 euros; 639,40 euros si tiene entre 60 y 64 años y 517,72 euros si es menor de 60 años.
  • Pensión de orfandad. El huérfano con una prestación mínima tendrá derecho a 208,86 euros y a 410,97 si tiene menos de 18 años y una discapacidad menor del 65%. Si la orfandad es absoluta, el beneficiario cobrará 726,58 euros.
  • Pensión mínima en favor de familiares (la que se concede quienes han convivido y dependido económicamente de un fallecido y cumplan los requisitos para percibirla). En este caso, cada beneficiario tendrá derecho a cobrar una mensualidad de 208,86 euros. Cuando no haya una viuda y solo beneficie a una persona de 65 años o más, la prestación subirá hasta los 504,70 euros; y si es menor, 475,74 euros.

En el caso de las pensiones máximas, el aumento del 0,9% en 2020 las sitúa en los 2.683,3 euros al mes, que suponen unos ingresos anuales de 37.566,8 euros.

Compartimos la siguiente tabla:

 

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