Se impone el registro horario para todas las empresas y todos los trabajadores

Se impone el registro horario para todas las empresas y todos los trabajadores

Le informamos que aunque estamos ante una norma cuyo recorrido puede ser incierto, tras las Elecciones Generales del próximo mes de abril, la realidad es que el pasado martes se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo prevé, entre otras medidas, que las empresas deban registrar la jornada de trabajo de sus empleados, conservando dicho registro durante cuatro años.

La nueva obligación legal que nace con este RD afectaría tanto a los trabajadores a tiempo parcial como a los de jornada completa y además, obligaría a registrar formalmente la hora de entrada y de salida de cada empleado.

La entrada en vigor de esta norma está prevista, si fuese aprobada por el Gobierno, dentro de dos meses.

La organización y forma de documentar el registro de jornada deberá pactarse en la negociación colectiva o instrumentalizarse a través de acuerdo de empresa-trabajadores.

En defecto de ambos, la Empresa decidirá, previa consulta con los representantes legales de los trabajadores, si los hubiere, cómo organizará y documentará el registro de jornada. Además, para mayor dificultad, la empresa estará obligada a conservar los registros durante cuatro años, permaneciendo a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Se añade en la disposición legal un nuevo cambio en materia de incumplimiento de estas obligaciones en materia de control de jornada: antes la Jurisprudencia consideraba que la infracción era de carácter leve y ahora con la nueva disposición legal pasa a tener consideración de infracción de carácter grave.

Además, el Real Decreto-Ley aprueba otras medidas, entre las que se encuentran las modificaciones al subsidio por desempleo permitiendo, entre otras novedades, el acceso a los mayores de 52 años, o la introducción de una bonificación en la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración.